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Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Artículo 167 Provincia de Buenos Aires


Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Buenos Aires
Artículo 167. Sustitúyese el primer párrafo del artículo 139 de la Ley N° 14.653 por el siguiente

"ARTÍCULO 139. Créase en el ámbito de la Subsecretaria de Actividades Portuarias dependiente del Ministerio de Producción, la Tasa por Uso de Costas y Espejo de Agua. La misma se aplicará a los titulares de los puertos de uso privado con destino comercial o industrial ubicados en Jurisdicción Provincial y estará destinada a llevar adelante las acciones de administración, fiscalización, gestión de usos, monitoreo y planificación. La misma se cobrará según el siguiente detalle:"



Provincia de Buenos Aires Artículo 167 Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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