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Ley Impositiva 2015 Artículo 45 Provincia de La Pampa


Ley Impositiva 2015 La Pampa
Artículo 45.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 202 del Código Fiscal (t.o. 2010), fijase en el dos con cincuenta por mil (2,50 o/oo) la tasa correspondiente al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para la comercialización de cereales, oleaginosas y forrajeros, y de miel efectuada por cuenta propia por comerciantes en granos y acopiadores de esos productos, exclusivamente cuando los mismos tengan como destino la exportación o la industria agroalimentaria, siempre que los citados productos no hubieran sido recibidos por los operadores mediante la cancelación de operaciones de canje por bienes o servicios. (Cod. Act. 512112 y 512113 respectivamente).

Provincia de La Pampa Artículo 45 Ley Impositiva 2015
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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