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Ley del servicio penitenciario provincial Artículo 186 Provincia de Mendoza


Ley del servicio penitenciario provincial Mendoza
Artículo 186.

El suplemento por subrogancia se abonará a los oficiales superiores a quienes se les hubiera asignado funciones transitorias correspondientes a cargos de nivel superior al que revista. El suplemento será igual a la diferencia entre el importe de la asignación de la clase del grado que revista y el que le correspondiere por el cargo que desempeña en calidad de subrogante.

Son requisitos para su liquidación:

1- Que el cargo estuviere vacante o su titular se encontrare en alguna de estas condiciones:

a) Designado en otro cargo con retención del propio.

b) Desempeñando un cargo de mayor jerarquía en la Administración Pública.

c) En uso de Iicencia extraordinaria con o sin goce de sueldo o especial por razones de salud.

d) Suspendido o separado del cargo por causales de sumario.

2- Que el período de subrogancia fuere superior a treinta (30) días corridos.

3- Que en el ejercicio del cargo se mantuvieren la forma, modalidades propias del trabajo y horario de prestación de servicio.

En los casos de vacantes transitorias, las subrogancias caducarán indefectiblemente el día en que se reintegrare el titular del cargo.

El ministro a cargo autorizará, mediante resolución, el pago de este suplemento.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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