< Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios

Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios Artículo 33 Provincia del Neuquén


Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios Neuquén
Artículo 33.

Los parámetros definidos en la presente ley deben ser revisados anualmente cuando se elabore el presupuesto para la Administración Pública provincial, respetando la proporcionalidad que surge de la aplicación del artículo 32, en los siguientes casos:

a) Ante la creación de una nueva asociación, el incremento no puede ser inferior al 4% del aporte que surge del artículo 32 de la presente.

b) Ante la incorporación de nuevos beneficiarios al reconocimiento a la trayectoria. Este incremento debe respetar los valores que surgen del artículo 21 de la presente ley.

La Federación Neuquina de Bomberos Voluntarios informará, a la autoridad de aplicación, los casos definidos en los incisos a) y b) del presente artículo, adjuntando la documentación respaldatoria establecida en la reglamentación de la presente ley.



Provincia del Neuquén Artículo 33 Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios y sus cuerpos activos y la Federación Neuquina de Bomberos Voluntarios
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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