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Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Artículo 90 Provincia de Salta


Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Salta
Artículo 90.

Corresponden a la Inspección General de Personas Jurídicas las funciones regístrales y de contralor, conforme las siguientes atribuciones:

1. Organiza y lleva el Registro Público de la provincia de Salta.

2. Inscribe los contratos de las sociedades y sus modificaciones, la disolución y liquidación de éstas, y demás actos y documentos cuya inscripción se impone a dichas sociedades. Inscribe las modificaciones de los estatutos, disolución y liquidación de sociedades sometidas a la fiscalización de la Comisión Nacional de Valores.

3. Inscribe la constitución de las empresas públicas y sociedades del Estado, sus modificaciones, disolución, liquidación y demás actos y documentos cuya inscripción se impone a dichas sociedades de conformidad con la ley de su constitución.

4. Lleva el Registro Provincial de las Sociedades por Acciones.

5. Lleva el Registro Provincial de las Sociedades Extranjeras.

6. Lleva el Registro Provincial de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

7. Interviene en la constitución, registración, funcionamiento, disolución y liquidación, en jurisdicción provincial, de las asociaciones civiles fundaciones que se constituyan en la Provincia o, que constituidas en otra jurisdicción, ejercieren su principal actividad en esta o establecieran en ella filiales, asientos o cualquier especie de repartición permanente, a fin de asegurar el cumplimiento de la legislación de fondo, resguardar el interés público en el marco de su competencia.

8. Lleva los registros provinciales de las asociaciones civiles y de las fundaciones.

9. Controla las operaciones consistentes en requerir, bajo cualquier forma o figura jurídica, dinero o valores al público, con promesa de adjudicaciones o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros y que no se encuentren comprendidas dentro de las operaciones financieras, de seguro, de oferta pública de acciones, debentures u obligaciones negociables, de capitalización, de constitución de capitales, de ahorro o de ahorro y préstamo, y cuyo control se encuentra sometido al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la Comisión Nacional de Valores y/o a la Inspección General de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Este control se realizará a cualquiera de las personas, entidades u organizaciones que practiquen aquellas actividades, de conformidad con las condiciones que establezcan las reglamentaciones que a esos efectos decrete el Poder Ejecutivo y las resoluciones que en su consecuencia dicte la Inspección General de Personas Jurídicas.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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