Ley de ordenamiento administrativo del personal policial Artículo 53 Provincia de San Luis
Ley de ordenamiento administrativo del personal policial San Luis
Artículo 53.
Los legajos personales contendrán los datos de filiación civil, características físicas (morfológicas, cromáticas y dactiloscópicas) del Personal Policial. De igual manera, se registrarán los antecedentes integrales de su carrera policial, conforme lo establezca la Reglamentación correspondiente.-
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
15/09/21 23:09:43
Consulta el.motivo de un retiro Obligatorio. De un Oficial policial, Conforme Art. 53 inc 3 y 2 a que hace referencia,?
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