< Ley de Educación

Ley de Educación Artículo 51 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Ley de Educación Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 51.

La articulación entre las instituciones que conforman el nivel de Educación Superior tiene por fin facilitar a los estudiantes, la transversalidad del mismo, el cambio de modalidad, orientación o carrera, la continuación y/o la prosecución de estudios de grado o postgrado en instituciones universitarias y la reconversión de los estudios concluidos, de acuerdo a los criterios emanados del Consejo Provincial de Educación, la Ley de Educación Superior 24.521, la Ley de Educación nacional 26.206 y el Consejo Federal de Educación.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 51 Ley de Educación
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...161
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse