< Ley complementaria permanente de Presupuesto

Ley complementaria permanente de Presupuesto Artículo 68 Provincia de La Pampa


Ley complementaria permanente de Presupuesto La Pampa
Artículo 68.

Artículo 37 ley 2654.- Incorpórense a la Ley 1388 (to Dec.1666/96).

Ley Permanente de Presupuesto-los artículos 20,21,25 y 35 de la presente.

*Artículo 20.- El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Dos de la Segunda Circunscripción Judicial, percibirá una asignación especial mensual que surgirá de aplicar el diez por ciento (10%) sobre los conceptos Sueldo Básico, Adicional General, Suplemento artículo 5 del Decreto 2046/04, Compensación por Función y Responsabilidad Funcional, correspondientes al cargo de Juez de Primera Instancia.

*Artículo 21.- El suplemento creado por el artículo 20 precedente, tendrá carácter remunerativo y no bonificable; por lo que estará sujeto a aportes y contribuciones previsionales y de obras sociales.

Asimismo, por revestir el carácter de no bonificable, no se tomará en cuenta para la liquidación del Sueldo Anual Complementario, ni para el cálculo de adicionales cuyo monto surja de aplicar determinadas proporciones, porcentajes o índices.

*Artículo 25.- Ampliase las facultades otorgadas por artículo 45 de la Ley N° 2237 al titular de la Jurisdicción "K" -Tribunal de Cuentas-, respecto del personal que ocupe los cargos de Presidente, Secretario y Vocal del Tribunal de Cuentas.

*Artículo 35.- Facúltese al Poder Ejecutivo y a la empresa Aguas del Colorado S.A.P.E.M a convenir que esta última administre, dirija y asesore al Estado Provincial, respecto a: las centrales telefónicas; enlaces inalámbricos destinados a trasladar los servicios de internet, telefonía IP y analógica a aquellas localidades extrañas a la traza de fibra óptica; la Red de Emergencia Provincial; y los servicios de telefonía fija, móvil, satelital, suministro de internet y todo vínculo de voz y/o datos contratados por la Dirección de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Estos servicios seguirán siendo operados por el personal del Poder Ejecutivo asignado al efecto.

Provincia de La Pampa Artículo 68 Ley complementaria permanente de Presupuesto
Artículo 1 ...66 67 68 69 70 ...74
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse