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Ley complementaria permanente de Presupuesto Artículo 11 Provincia de La Pampa


Ley complementaria permanente de Presupuesto La Pampa
Artículo 11.

Toda bonificación adicional que con carácter de asignación particular se otorgue al personal por cualquier concepto que fuere, previsto en los distintos ordenamientos que rigen en la Administración Central, entes Descentralizados y Organismos de la Constitución, serán dispuestos en su caso, exclusivamente por los titulares de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, según corresponda. *Exceptuase de lo previsto en el presente, el adicional por horas extraordinarias establecido en el artículo 63 de la Ley 643, cuya autorización deberá ser otorgada por el jefe de la Jurisdicción a la que corresponda el agente, en forma previa, mediante resolución debidamente fundada.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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