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Impositiva año 2016 Artículo 107 Provincia de La Pampa


Impositiva año 2016 La Pampa
Artículo 107.

Sustitúyase el artículo 266 del Código Fiscal (t.o. 2015) por el siguiente:

" CONTRATOS ASOCIATIVOS Artículo 266.- En los contratos asociativos, sus prórrogas y ampliaciones de participaciones destinadas al fondo común operativo, el impuesto se determinará sobre el monto de las contribuciones destinadas al fondo común operativo."



Provincia de La Pampa Artículo 107 Impositiva año 2016
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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