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Eximir del pago de los aportes establecidos en Leyes Provinciales Nº 863-A, 789-A y 1181-A Artículo 1 Provincia de San Juan


Eximir del pago de los aportes establecidos en Leyes Provinciales Nº 863-A, 789-A y 1181-A San Juan
Artículo 1.

Eximir del pago de los aportes establecidos en Leyes Provinciales N.° 863-A, 789-A y 1181-A; a los suministros de usuarios encuadrados en la categoría: "Pequeñas Demandas Uso Residencial", que siendo beneficiarios de la "Tarifa Social", según disposiciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación u organismo nacional con competencia en la cuestión y resoluciones reglamentarias emitidas por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad de la Provincia de San Juan, tengan consumos bimestrales facturados menores o iguales a un mil kilovatios hora (1.000 kW/h).



Provincia de San Juan Artículo 1 Eximir del pago de los aportes establecidos en Leyes Provinciales Nº 863-A, 789-A y 1181-A; a los suministros de usuarios encuadrados en la categorìa: Pequeñas Demandas Uso Residencial
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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