< Estímulo y promoción a la creación de organismos de representación estudiantil

Estímulo y promoción a la creación de organismos de representación estudiantil Artículo 7 Provincia de San Luis


Estímulo y promoción a la creación de organismos de representación estudiantil San Luis
Artículo 7.

Conformación y funciones:

a) Presidente: presidir el centro, e informar sobre las decisiones adoptadas en conjunto con sus miembros.

b) Vicepresidente: reemplazar al Presidente en caso de ausencia del mismo.

c) Secretario/a: asentar en el libro de acta cada reunión que se lleve a cabo, recabando la forma de todos los presentes.

d) TRES (3) vocales titulares: participar de las reuniones y con voz y voto en la adopción de decisiones.

e) TRES (3) vocales suplentes: reemplazar a los vocales en caso de ausencia; no obstante ante la presencia de los titulares podrán participar en las reuniones, con voz pero sin voto.

f) UN/A tesorero/a: gestionar y controlar los fondos recaudados en actividades que se realicen con dicho fin.

g) Demás miembros en calidad de participantes: intervenir en las reuniones que se lleven a cabo, pudiendo exponer sus inquietudes, o realizar observaciones que consideren necesarias, pero sin poder votar en la toma de decisiones.-



Provincia de San Luis Artículo 7 Estímulo y promoción a la creación de organismos de representación estudiantil en todos los establecimientos educativos de Educación Secundaria
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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