< Donación de Inmueble a la Municipalidad de Capioví

Donación de Inmueble a la Municipalidad de Capioví Artículo 1 Provincia de Misiones


Donación de Inmueble a la Municipalidad de Capioví Misiones
Artículo 1.

Dónase a favor de la Municipalidad de Capioví; el inmueble propiedad de la Provincia de Misiones, determinado como: Lote "C" de la Subdivisión de las fracciones del Lote Agrícola 112, Línea Capioví, Colonia Puerto Rico, Municipio Capioví, Departamento Libertador General San Martín, Provincia de Misiones; con una superficie total de mil doscientos setenta y dos metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (1.272m2, 50dcm2), según Plano de Mensura Nro. 18.364; Nomenclatura Catastral: Departamento 10, Municipio 15, Sección 04, Chacra 00, Manzana 29, Parcela 12, Partida inmobiliaria Nro. 11783; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real- Matrícula Nro. 3599, Departamento Libertador General San Martín (10), con destino a la construcción del edificio municipal.



Provincia de Misiones Artículo 1 Donación de Inmueble a la Municipalidad de Capioví
Artículo 1 2 3
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse