Derecho de Identidad de Género de las Personas (Derecho de Identidad de Género de las Personas) Provincia del Chaco
Derecho de Identidad de Género de las Personas Provincia del Chaco
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Marco referencial
- Artículo 3. Ejercicio y Solicitud de Rectificación
- Artículo 4. Autoridad de Aplicación
- Artículo 5. Sujetos Obligados
- Artículo 6. Gratuidad del Trámite
- Artículo 7. Confidencialidad y Reserva
- Artículo 8. Partidas presupuestarias
- Artículo 9. Trato Digno
- Artículo 10. Efectos
- Artículo 11. Adhesión
- Artículo 12. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Porcentaje de carritos y canastos de compras adaptados para el uso de personas con movilidad reducida que deberán tener los supermercados e hipermercados Creación del Servicio de Atención Integral de Salud a los Veteranos de Guerra de Malvinas Marco regulatorio del ejercicio profesional de la Psicopedagogía Base de cálculo tenida en cuenta para otorgar el beneficio de Pensión Graciable y Vitalicia para Ex Combatientes Régimen de las Agencias de Modelaje e Imagen Publicitaria, Promoción y Degustación PublicitariaMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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