< Declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la localidad de Villa Numancia Norte

Declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la localidad de Villa Nu Artículo 7 Provincia de Buenos Aires


Declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la localidad de Villa Numancia Norte Buenos Aires
Artículo 7.

Serán obligaciones de los adjudicatarios:

a) Destinar el inmueble a vivienda familiar.

b) Construir la vivienda propia sobre el terreno adjudicado en el plazo de cinco (5) años a partir de la fecha de adjudicación, plazo que podrá ser ampliado por la Autoridad de Aplicación.

c) No enajenar, arrendar, transferir o gravar total o parcialmente a título oneroso o gratuito el inmueble objeto de la venta, por un lapso de diez (10) años.

d) Cumplir con las obligaciones fiscales que graven el inmueble desde la fecha de la adjudicación.

e) La violación a lo establecido en los incisos a) y b) ocasionará:

1.- La pérdida de todo derecho sobre el inmueble, con la reversión de su dominio a favor de la Municipalidad de Presidente Perón.

2.- La prohibición de ser adjudicatario de otro inmueble dentro del régimen de la presente ley o norma similar.



Provincia de Buenos Aires Artículo 7 Declaración de utilidad pública y expropiación de los inmuebles ubicados en la localidad de Villa Numancia Norte
Artículo 1 ...5 6 7 8 9 ...14
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse