Declaración de Utilidad Pública de un inmueble ubicado en la localidad de Villa Martelli Artículo 7 Provincia de Buenos Aires
Declaración de Utilidad Pública de un inmueble ubicado en la localidad de Villa Martelli Buenos Aires
Artículo 7.
Los gastos que demande la aplicación de la presente Ley serán solventados con el Fondo Especial de Recuperación de Fábricas de la Provincia de Buenos Aires creado por Ley 13.828, Decreto Reglamentario 833/12.
Provincia de Buenos Aires Artículo 7 Declaración de Utilidad Pública de un inmueble ubicado en la localidad de Villa Martelli
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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