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Declara la Emergencia Provincial Hidrocarburífera Artículo 3 Provincia de Santa Cruz


Declara la Emergencia Provincial Hidrocarburífera Santa Cruz
Artículo 3.

FACULTASE a la Comisión creada mediante Artículo 1 de la Ley 3334, durante el plazo que dure la Emergencia y hasta tanto se conforme el Consejo Provincial Hidrocarburífero, a mantener reuniones con todas las empresas concesionarias de explotación de hidrocarburos, con el objeto de garantizar el mantenimiento de la producción y los puestos de trabajo, y sostener los niveles de inversión determinados en los acuerdos de prórroga e instrumentos legales de otorgamiento de concesión y planes de desarrollo oportunamente aprobados, pudiendo tomar medidas extraordinarias.



Provincia de Santa Cruz Artículo 3 Declara la Emergencia Provincial Hidrocarburífera
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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