< Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual

Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual Artículo 3 Provincia de Salta


Declara de interés provincial la pormoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual Salta
Artículo 3.

Serán funciones de la Autoridad de Aplicación para el cumplimiento de la presente Ley:

a) Impulsar la mejora en la calidad de la atención de los donantes tendiente a favorecer su fidelización.

b) Llevar adelante colectas externas de sangre, a los fines de afianzar los vínculos entre los servicios de transfusión y la comunidad.

c) Facilitar la creación de Organizaciones y Asociaciones de Donantes de Sangre y hemocomponentes.

d) Organizar un registro de empresas e instituciones amigas de la promoción de la donación voluntaria y periódica de sangre en el contexto de la responsabilidad social empresarial.

e) Diseñar guías de orientación para el trabajo con el voluntariado y capacitar a promotores comunitarios de donación de sangre.

f) Trazar objetivos, metas y estrategias de difusión masiva a la población, en función de las variables de concientización, y fidelización de la hemodonación espontánea y permanente.

g) Organizar actividades informativas dirigidas a docentes y alumnos de los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial, para formar en la importancia de la donación altruista.

h) Cualquier otra actividad con el fin de sensibilizar y motivar a la comunidad en el valor de la hemodonación voluntaria y habitual.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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