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Declara a la Actividad Turística como prioritaria dentro de las Políticas de Estado Artículo 23 Provincia del Chubut


Declara a la Actividad Turística como prioritaria dentro de las Políticas de Estado Chubut
Artículo 23.

Serán deberes y funciones de la Agencia Chubut Turismo:

a) Dictar su reglamento interno de funcionamiento y su régimen de contrataciones;

b) Diseñar y ejecutar el Plan Estratégico de Marketing Turístico, que convierta a la Provincia del Chubut en un destino líder en Argentina por la calidad y diversidad de sus recursos, basados en desarrollos territoriales equilibrados y respetuosos del ambiente e identidad de sus habitantes;

c) Confeccionar anualmente, el presupuesto para su funcionamiento de acuerdo a los recursos disponibles;

d) Formular y llevar a cabo la estrategia de posicionamiento de la marca Chubut, reforzando la identidad de la Provincia y sus características propias que la hacen única;

e) Diseñar, desarrollar, comercializar y llevar adelante los contenidos, productos, marcas y servicios turísticos como así también las campañas de publicidad, promoción y comunicación a nivel regional, nacional e internacional, que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos;

f) Organizar y participar en ferias, conferencias, exposiciones y demás eventos y acciones de promoción, nacionales e internacionales que coadyuven a cumplir con las metas y objetivos;

g) Realizar misiones de promoción turística, comercial y/o periodística por cuenta propia y/o en cooperación con personas públicas o privadas, nacionales o extranjeras;

h) Investigar los mercados emisores nacionales e internacionales actuales y potenciales y sus tendencias;

i) Celebrar acuerdos, convenios y contratos con personas y organismos públicos o del sector privado, entes mixtos y/o burós nacionales o extranjeros, para el desenvolvimiento de sus actividades y el cumplimiento de sus objetivos y fines;

j) Asesorar al sector privado sobre oportunidades y características de los mercados extranjeros;

k) Generar y unificar contenidos de comunicación para su difusión y promoción;

l) Trabajar articuladamente con los distintos organismos de promoción públicos, mixtos y privados;

m) Articular la comunicación interna de las acciones llevadas a cabo por el área;

n) Efectuar todo acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines de esta Ley, su reglamentación y demás disposiciones complementarias;

o) Administrar el Fondo de Promoción Turística;

p) Aceptar donaciones, aportes económicos;

q) Confeccionar anualmente los estados contables y la memoria del ejercicio que finalizará el 31 de diciembre de cada año.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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