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Cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia Artículo 4 Provincia de Tucumán


Cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia Tucumán
Artículo 4.

Incorpórese a la Fibromialgia dentro de las prestaciones comprendidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Los Hospitales Públicos, Organismos de Seguridad Social, las Obras Sociales Provinciales y los Sistemas de Medicina Prepagas sujetos a jurisdicción provincial, deberán incorporar el tratamiento de la Fibromialgia en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.

En el caso que el tratamiento se realice fuera de la Provincia o en lugares alejados a la zona de residencia del paciente, la Autoridad de Aplicación deberá procurar la cobertura total de gastos de estadía del paciente y su acompañante durante el tiempo necesario, adecuándose a lo prescripto en la Ley N° 8098. El Decreto Reglamentario determinará la cobertura de los montos y las distancias.



Provincia de Tucumán Artículo 4 Cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia. Creación del Programa Provincial de Prevención
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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