< Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa

Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa Artículo 56 Provincia de La Pampa


Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa La Pampa
Artículo 56.

El procedimiento de resolución de un expediente es el siguiente:

a) Tomado conocimiento de un hecho, a través de las fuentes que fuesen, el Tribunal de Ética y Disciplina tiene la obligación de iniciar una investigación sumaria para establecer las responsabilidades de los profesionales intervinientes;

b) Una vez iniciado el expediente correspondiente, se debe informar al denunciado sobre el mismo, con copia de las razones por las cuales se originó el trámite, y la información adicional que el Tribunal considere pertinente;

c) Una vez notificadas las partes intervinientes, éstas deben formular su descargo en el plazo de diez (10) días hábiles de serle notificada la vista;

d) Si el Tribunal, estima necesario o conveniente se debe solicitar información sobre la denuncia en cuestión a terceros;

e) El Tribunal puede recibir la declaración testimonial y toda otra manifestación verbal o escrita de las personas que conozcan los hechos investigados, cuando fuere de utilidad;

f) Las partes deben ofrecer y/o producir las pruebas en un plazo que no puede superar los treinta (30) días hábiles;

g) Un expediente debe resolverse en un plazo no mayor a los veinte (20) días hábiles, una vez recabada toda la información solicitada y tomadas las testimoniales pertinentes. El tribunal puede pedir una extensión de dicho plazo a la Comisión Directiva, dando las razones del caso.

h) El Tribunal de Ética y Disciplina dicta resolución fundada, aplicando sanciones o absolviendo en consecuencia al inculpado.

i) El Tribunal debe informar la resolución a la Comisión Directiva, y la misma debe, publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia en tres ediciones consecutivas, y notificar, la misma a los organismos que considere pertinente, y a los demás organismos análogos de otras provincias

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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