< Creación del Colegio de Licenciados en Bromatología

Creación del Colegio de Licenciados en Bromatología Artículo 22 Provincia de Entre Ríos


Creación del Colegio de Licenciados en Bromatología Entre Ríos
Artículo 22.

Para ejercer la profesión de Licenciado en Bromatología, se requiere estar inscripto en la matricula del Colegio de Licenciados en Bromatología, quien otorgará la autorización para el ejercicio profesional en el ámbito de la Provincia. Dicha autorización se materializará con la entrega de la correspondiente credencial con los datos de matriculación la cual deberá ser devuelta al Colegio en los casos en que la matricula deba ser cancelada o suspendida, implicando ello la inhabilitación para el ejercicio profesional.-

Provincia de Entre Ríos Artículo 22 Creación del Colegio de Licenciados en Bromatología
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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