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Comisión Parque Productivo Tecnológico Industrial de San Carlos de Bariloche Artículo 1 Provincia de Río Negro


Comisión Parque Productivo Tecnológico Industrial de San Carlos de Bariloche Río Negro
Artículo 1.

Se crea la "Comisión Parque Productivo Tecnológico Industrial de San Carlos de Bariloche", integrada por:

a) Dos (2) funcionarios representantes del Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, designados por el señor Gobernador, uno de los cuales estará a cargo de la Presidencia de la Comisión.

b) Dos (2) legisladores provinciales, uno (1) por la 1° minoría y uno (1) por la 2° minoría.

c) Dos (2) funcionarios representantes del Poder Ejecutivo Municipal de San Carlos de Bariloche, uno de los cuales ejercerá la Vicepresidencia.

d) Dos (2) concejales municipales de San Carlos de Bariloche.

e) Un (1) representante de Investigaciones Aplicadas Sociedad del Estado (INVAP S.E.).

f) Un (1) representante de Alta Tecnología Sociedad del Estado (ALTEC S.E.).

g) Un (1) representante de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de San Carlos de Bariloche.

h) Un (1) representante de la Universidad Nacional de Río Negro.

i) Un (1) representante de la Universidad Nacional del Comahue.



Provincia de Río Negro Artículo 1 Crea la Comisión Parque Productivo Tecnológico Industrial de San Carlos de Bariloche
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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