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Código Procesal del Trabajo Artículo 88 Provincia de Jujuy


Código Procesal del Trabajo Jujuy
Artículo 88. REGLAS GENERALES

El día y hora fijados para la vista de la causa, reunido el Tribunal en pleno, el presidente declarará abierto el acto con las partes que concurran y en él se observarán las reglas siguientes:

1º) Se dará lectura de las actuaciones de prueba practicadas fuera de la audiencia, que el Tribunal podrá dejar sin efecto existiendo acuerdo de partes;

2º) A continuación se recibirán las otras pruebas. Luego se concederá la palabra a las partes y al Ministerio Público, por su orden, para que se expidan sobre el mérito de las pruebas, sin hacer uso de escritos. Cada parte dispondrá de treinta minutos para su alegato. El tiempo podrá ser prudencialmente ampliado por el Tribunal;

3º) Cuando se considere agotado el debate, previo el sorteo para establecer el orden en que los jueces deberán emitir su voto, el Tribunal pasará a deliberar en sesión secreta;

4º) Terminada la deliberación, el Tribunal se constituirá en la sala de audiencias. Cada juez leerá su voto y al finalizar el presidente dará lectura de la parte dispositiva de la sentencia, con lo cual quedará ésta notificada;

5º) Si durante la deliberación se estimare conveniente por la complejidad del asunto, diferir el pronunciamiento, el Tribunal fijará día y hora para la lectura de la sentencia en la forma indicada en el inciso anterior, con intervalo no mayor de cinco días.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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