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Código Fiscal Artículo 61 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 61. DETERMINACIÓN DE OFICIO. LIQUIDACIÓN ADMINISTRATIVA

Cuando no se hayan presentado declaraciones juradas o resulten impugnables las presentadas, la Agencia de Recaudación Fueguina procederá a determinar de oficio la materia imponible o el quebranto impositivo, en su caso, y a liquidar el gravamen correspondiente, sea en forma directa por conocimiento cierto de dicha materia, sea mediante estimación si los elementos conocidos solo permiten presumir la existencia y magnitud de aquélla.

Las liquidaciones y actuaciones practicadas por los inspectores y demás empleados que intervienen en la fiscalización de los tributos, no constituyen determinación administrativa de aquellos, la que solo compete a los funcionarios que ejercen las atribuciones de jueces administrativos.

Cuando se trate de liquidaciones administrativas el responsable podrá manifestar su disconformidad antes del vencimiento general del gravamen; no obstante ello, cuando no se hubiere recibido la liquidación quince (15) días antes del vencimiento, el término para hacer aquella manifestación se extenderá hasta quince (15) días después de recibida. El rechazo del reclamo autorizará al responsable a interponer los recursos previstos en el artículo 148 en la forma allí establecida.

Por cada notificación que practique la Administración, conformadas o no por el contribuyente, se abonará un cargo que será fijado por la Ley Impositiva y reglamentado por el Director Ejecutivo.

También se aplicará un cargo por cada notificación que requiera de la presentación de declaraciones juradas o documentación equivalente por la que se abonará un cargo que será fijado por la Ley Impositiva y reglamentado por el Director Ejecutivo.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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