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Código de Procedimiento del Fuero de Familia, Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores Artículo 238 Provincia de La Rioja


Código de Procedimiento del Fuero de Familia, Niños, Niñas, Adolescentes y Adultos Mayores La Rioja
Artículo 238. Negativa del Niño Mayor de Diez (10) Años

En caso de negativa del pretenso adoptado mayor de diez (10) años, el juez debe tomar todas las medidas pertinentes para conocer y trabajar sobre esa negativa del pretenso adoptado.

Puede pedir la colaboración del Organismo Administrativo de Protección de Derechos y de otros recursos institucionales, a fin de lograr una real integración del niño en la pretensa familia adoptiva en un plazo máximo de treinta (30) días.

Vencido el plazo, si el pretenso adoptado mantiene la negativa dentro de las 24 horas, el Juez debe ordenar la remisión de legajos del Registro de Adoptantes para proceder a seleccionar nuevos postulantes o, según las circunstancias del caso, evaluar conjuntamente con el Organismo Administrativo de Protección de Derechos y el RUAGA, cuáles son las medidas de protección o figura jurídica adecuada para la situación concreta, procurando evitar la institucionalización.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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