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Código de Faltas del Tránsito Artículo 76 Provincia de Santa Fe


Código de Faltas del Tránsito Santa Fe
Artículo 76. Revisión Técnica - circulación

El titular, o propietario o poseedor de un vehículo que circulare por la vía pública sin haber realizado la revisión técnica periódica obligatoria que determine la legislación o reglamentación vigente o haya sido dispuesta por el organismos competente, será sancionado con multa de 300 U.F. hasta 1000 U.F..

Provincia de Santa Fe Artículo 76 Código de Faltas del Tránsito
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Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558





estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?



Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales



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