Caja de prevision social para agrimensores Artículo 13 Provincia de Buenos Aires
Caja de prevision social para agrimensores Buenos Aires
Artículo 13. Asamblea Ordinaria
Periodicidad. Atribuciones. Cada año en el lugar, mes, día y hora que fije el Consejo Ejecutivo, dentro del plazo de ciento veinte (120) días de cerrado el ejercicio económico financiero, será convocada la Asamblea ordinaria. En ella serán tratados los temas que incluye el Consejo Ejecutivo en el orden del día, que deberá comprender como mínimo los asuntos enunciados seguidamente en calidad de atribución exclusiva de la Asamblea.a) Considerar la memoria y estos contables, sus notas y anexos del ejercicio económico - financiero e informe de la Comisión de Fiscalización.
b) Considerar el presupuesto general de la Caja, en base al cálculo de recursos y erogaciones totales previstas para uno o más años (Presupuestos Anuales y Proyecciones Plurianuales para cinco (5) o más ejercicios).
c) Establecer el valor de la Cuota Mínima Anual Obligatoria (C.M.A.O), su forma de aporte y las pautas a que se ajustará el Consejo Ejecutivo para que su valor resulte constante y sobre la base de estudios actuariales.
d) Establecer sobre la base de estudios actuariales las pautas para determinar la prestación básica, como de cualquier otra prestación complementaria.
e) Fijar las compensaciones a los miembros del Consejo Ejecutivo y de la Comisión de Fiscalización y las pautas a que se ajustará para que resulte constante.
f) Aprobar su reglamento de funcionamiento y aquéllos que eleve el Consejo Ejecutivo.
g) Proclamar los miembros electos para integrar el Consejo Ejecutivo y la Comisión de Fiscalización.
h) Determinar y/o modificar el porcentaje de los recursos destinados a constituir el Fondo de Recomposición Previsional.
i) Aceptar o rechazar donaciones y/o legados.
j) Aceptar o rechazar la enajenación de bienes inmuebles o registrables propuestos por el Consejo Ejecutivo.
k) Autorizar a contraer compromisos por créditos nacionales y/o internacionales.
l) Considerar las cuestiones previstas en el artículo 38.
m) Considerar los convenios aludidos en el artículo 17) inciso k), suscriptos por el Consejo Ejecutivo.
n) Citar a concurrir a sus deliberaciones a los miembros del Consejo ejecutivo.
Los temas comprendidos en los incisos d), g), h), i), j) y k) requieren la aprobación de los dos tercios (2/3) de los integrantes de la Asamblea constituida.
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Mejores juristas
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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