< Autorizar y promover la constitución y funcionamiento de centros de estudiantes

Autorizar y promover la constitución y funcionamiento de centros de estudiantes Artículo 6 Provincia de Mendoza


Autorizar y promover la constitución y funcionamiento de centros de estudiantes Mendoza
Artículo 6.

Los Centros de Estudiantes tendrán como funciones:

a) Ejercer la representación de los alumnos que se organizan a través del mismo.

b) Ejercitar el derecho de expresión y petición ante las autoridades que correspondan, a fin de satisfacer las necesidades de los alumnos.

c) Organizar y promover actividades de carácter cultural, científico, educativo, preventivo, deportivo y/o recreativo, y otras de interés de los alumnos, con arreglo a los objetivos de esta ley y los objetivos que cada estatuto determine.

d) Efectuar las gestiones conducentes a realizar propuestas relativas al mejor funcionamiento y convivencia armónica del establecimiento educativo del que forman parte.



Provincia de Mendoza Artículo 6 Autorizar y promover la constitución y funcionamiento de centros de estudiantes en cada uno de los establecimientos de enseñanza de nivel secundario y educación superior
Artículo 1 ...4 5 6 7 8 9
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse