< Aprobación de la ley de conflictos y contiendas interadministrativas

Aprobación de la ley de conflictos y contiendas interadministrativas. Alcance Artículo 4 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Aprobación de la ley de conflictos y contiendas interadministrativas Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 4. Sustanciación

Tanto el Poder Ejecutivo como la Secretaria Legal y Técnica de la Provinciaen los conflictos interadministrativos cuya decisión esté a su respectivo cargo, se hallan facultados para agregar a las actuaciones toda clase de antecedentes vinculados con el diferendo, producir todo medio de prueba y solicitar la intervención de los organismos administrativos de especialización técnica a fin de producir informes o pericias que conduzcan a la solución de la cuestión planteada.

Todos los organismos comprendidos en esta ley están obligados a cooperar, cuando así les sea requerido.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 4 Aprobación de la ley de conflictos y contiendas interadministrativas. Alcance. Requisitos. Ley aplicable para los plazos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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