Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872 (Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872) Provincia del Neuquén
Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872 Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se adhiere a la Ley nacional 26872, de cobertura de la cirugía...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud o el...
- Artículo 3. El Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) debe brindar la...
- Artículo 4. A los efectos de la presente Ley, se faculta a la autoridad de aplicación a...
- Artículo 5. Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las actuaciones presupuestarias...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación debe reglamentar la presente Ley en un plazo...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Ejecuciones hipotecarias Se otorga a las pequeñas y medianas empresas beneficios impositivos Prórroga de la vigencia de la Ley 2789 Lucha contra el Sedentarismo. Adhesión provincial a la Ley 27.197 Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativasMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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