< Adhesión provincial a la instrumentación y operatividad, en todos sus términos de la Ley Nacional 25.506

Adhesión provincial a la instrumentación y operatividad, en todos sus términos de la Ley Nacional 25 Artículo 3 Provincia de Entre Ríos


Adhesión provincial a la instrumentación y operatividad, en todos sus términos de la Ley Nacional 25.506 Entre Ríos
Artículo 3.

El Poder Ejecutivo provincial respetando el artículo 48º de la citada ley, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

En un plazo máximo de cinco (5) años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, se aplicará la tecnología de firma digital, a la totalidad de las leyes, decretos, ordenanzas, sentencias, resoluciones y actos administrativos en general, emanados de las diferentes áreas y entidades del Estado Provincial, comprendidos en el artículo 2º de la presente ley.



Provincia de Entre Ríos Artículo 3 Firma digital. Adhesión provincial a la instrumentación y operatividad, en todos sus términos de la Ley Nacional 25.506
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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