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Adhesión al DNU Nº 677/2020, en su Título I, artículo 1º, Título Dos, Capítulo Dos Artículo 4 Provincia de San Juan


Adhesión al DNU Nº 677/2020, en su Título I, artículo 1º, Título Dos, Capítulo Dos San Juan
Artículo 4. Excepción

Facultase al Superior Jerárquico de los Organismos detallados en el artículo anterior a excepción de la suspensión de plazos en el artículo 2º, en los expedientes que lo considere necesario. La excepción debe ser mediante acto administrativo y por razones de necesidad debidamente fundada.



Provincia de San Juan Artículo 4 Adhesión al DNU Nº 677/2020, en su Título I, artículo 1º, Título Dos, Capítulo Dos, excepto los artículos 12, 13, 14, 15, 16 y en el Capítulo 3, específicamente a lo establecido para el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio
Artículo 1 2 3 4 5 6 ...11
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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