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Verificación técnica vehicular obligatoria Artículo 14 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Verificación técnica vehicular obligatoria Ciudad de Buenos Aires
Artículo 14. Primera verificación

Los vehículos automotores de uso particular cero kilómetro que se radiquen en la Ciudad de Buenos Aires deben realizar su primer VTO durante el cuarto año de antigüedad en el mes que le corresponda en función de lo establecido en el artículo 15º, tomando como referencia el año de patentamiento para los vehículos de fabricación nacional o provenientes de países del MERCOSUR y el año de fabricación para los vehículos de otro origen.

Este período de gracia no se aplica a motovehículos ni tampoco a cualquier otro vehículo que antes de ese plazo haya superado los sesenta mil kilómetros (60.000 km) recorridos, con una tolerancia de hasta cuatro mil kilómetros (4.000 kilómetros).



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 14 Verificación técnica vehicular obligatoria
Artículo 1 ...12 13 14 14 bis 15 ...35

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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