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Vehículo automotor. Obligatoriedad del grabado indeleble del dominio Artículo 3 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Vehículo automotor. Obligatoriedad del grabado indeleble del dominio Río Negro
Artículo 3. Procedimiento de Grabado

El grabado indeleble del número de dominio establecido en el artículo 1°, se deberá realizar en las plantas de grabado habilitadas o lugares autorizados a tales fines. El grabado obligatorio deberá realizarse en las siguientes partes de la carrocería del vehículo: Parte interior y superior del capot, todas las puertas en su lateral externo y la parte interior y superior del baúl. En el caso de los ciclomotores y motocicletas, se deberán grabar al menos tres partes de los mismos, las cuales serán determinadas en la reglamentación.



Provincia de Río Negro Artículo 3 Vehículo automotor. Obligatoriedad del grabado indeleble del dominio
Artículo 1 2 3 4 5 ...16

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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