Nombre: Carlos Luis Rojas Telles
Está en el sitio desde: 04/02/22
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
08/02/22 16:43:08
Hola Carlos: No existe la indemnizacion por renuncia, no corresponde. Cuando renuncias, deben pagarte solo tu tiempo trabajado, las vacaciones y el SAC proporcional al tiempo trabajado.
Publique la información de sí mismo
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Buenas tardes, si soy empleado con un 35% aproximadamente de sueldo bajo relación de dependencia (AFIP) y el otro 65% bajo monotributo, la indemnización por renuncia se paga calculando con el sueldo total o sólo con el % bajo relación de dependencia?, muchas gracias por su atención y ayuda. Saludos
Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 232. Indemnización substitutiva