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Sistema Provincial de Salud Pública Artículo 20 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Sistema Provincial de Salud Pública Chaco
Artículo 20. Organización

El Consejo de Investigación de Salud, deberá organizarse bajo los siguientes criterios funcionales:

a) Propiciar la investigación científica en el sistema de salud y su integración con la actividad asistencial, y promover la orientación al abordaje de los problemas de salud prioritarios.

b) Autorizar y fiscalizar todo plan de investigación en el sector estatal. Los convenios de investigación con instituciones públicas o privadas deberán asegurar al sector estatal una participación en los resultados científicos y económicos.

c) Favorecer el intercambio científico, nacional e internacional.

d) Otorgar becas de investigación y perfeccionamiento, en el país o en el extranjero, para el desarrollo de proyectos.

e) Realizar convenios con organismos similares, tanto en el orden nacional como en el internacional.

f) Proponer la creación de la carrera de investigador en salud.

g) Constituir una instancia de normatización y evaluación ética en investigación.

h) Propender a la institucionalización de la cooperación técnica con Universidades y entidades académicas y científicas.

i) Promover y coordinar la creación y funcionamiento de comités de investigación en los efectores.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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