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Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentesv Artículo 30 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes Chaco
Artículo 30. MEDIDAS EXCEPCIONALES

Son aquellas que se adoptarán cuando las niñas, niños y adolescentes estuvieran temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio.

Se entenderá que el interés superior del niño exige la separación o no permanencia en el medio familiar, cuando medien circunstancias graves que amenacen o causen perjuicio a la salud biopsicosocial de la niña, niño o adolescente o cuando el mismo fuere víctima de abuso o maltrato por parte de sus padres o convivientes y no resultare posible la exclusión del hogar de aquella persona que lo coloca en una situación de vulnerabilidad. Tienen como objetivo la conservación o recuperación por parte de las niñas, niños o adolescentes del ejercicio y goce de sus derechos vulnerados y la reparación de sus consecuencias.



Provincia del Chaco Artículo 30 Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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