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Sistema de Emergencia Agropecuaria Artículo 4 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema de Emergencia Agropecuaria Mendoza
Artículo 4.

Una vez ocurrida la contingencia, la Autoridad de Aplicación procederá a abrir el registro de denuncias a efectos de que los productores soliciten:

a. Certificar la proporción del daño sufrido en cada uno de los cultivos en producción de los inmuebles rurales inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT), respecto a la producción total anual que presumiblemente se hubiera logrado, de no acontecer algunas de las contingencias aludidas en el artículo 1 de la presente Ley.

b. Certificar la proporción de daños sufridos en cada uno de los cultivos en producción de los inmuebles rurales inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT), que afecten seriamente la futura capacidad de producción del mismo, lo que se materializará en el ciclo agrícola siguiente, según lo establezca la reglamentación de la presente Ley.

Provincia de Mendoza Artículo 4 Sistema de Emergencia Agropecuaria
Artículo 1 2 3 4 5 6 ...39

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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