Imprimir

Sistema de Áreas Naturales Protegidas Artículo 50 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Sistema de Áreas Naturales Protegidas Entre Ríos
Artículo 50.

Créase el Fondo de Fomento de Áreas Naturales Protegidas, que tendrá acumulativo y se integrará con los siguientes recursos:

a) Los montos del Presupuesto General de la Provincia que se asignen anualmente;

b) El producido de los derechos, adicionales, tasas y multas;

c) Las comisiones, indemnizaciones y otros, cuyos importes surjan de la aplicación de la presente ley;

d) El producido por la venta de los beneficios y servicios derivados de aquellas áreas naturales protegidas, cuyas categorías de manejo permitan la recuperación económica de las mismas y el aprovechamiento de los recursos;

e) Los montos de ayuda o resarcimiento por cuestiones ambientales ecológicas que provengan del Estado Nacional o de organismos internacionales;

f) Los recursos no utilizados del Fondo provenientes de ejercicios anteriores;

g) Las contribuciones voluntarias de empresas, instituciones y particulares interesados en la problemática ambiental ecológica y las donaciones y legados, previa aceptación del Poder Ejecutivo Provincial;

h) Los aportes provenientes de convenios celebrados;

i) Los fondos que resultaren de convenios entre el Poder Ejecutivo Provincial y el Estado Nacional, relacionados con el usufructo y aprovechamiento de recursos escénicos de áreas naturales protegidas;

j) La suma del 0,50% del Impuesto Inmobiliario Rural y Peri urbano;

k) Todo otro ingreso que derive de la gestión de la autoridad de aplicación.

La autoridad de aplicación procederá a abrir una cuenta especial en la entidad crediticia que actúe como agente financiero del Estado Provincial, denominada "Fondo de Fomento de Áreas Naturales Protegidas", en las que se acreditarán los recursos previstos en el presente articulo y los que por ley o reglamentación se establezcan en el futuro.

Provincia de Entre Ríos Artículo 50 Sistema de Áreas Naturales Protegidas en el territorio de la Provincia
Artículo 1 ...48 49 50 51 52 ...62

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse