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Servicio Público Provincial de Defensa Penal Artículo 19 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Servicio Público Provincial de Defensa Penal Santa Fe
Artículo 19. Defensor Provincial

El Defensor Provincial dirige y representa al Servicio Público Provincial de Defensa Penal y es responsable de su organización y buen funcionamiento. El órgano tiene su sede en la Capital de la Provincia.

El Defensor Provincial deberá reunir las condiciones previstas en la Constitución para ser Fiscal de Estado. Durará en su cargo seis (6) años y gozará de inamovilidad durante ese período. No podrá ser designado para el período siguiente y cesará automáticamente en su cargo por el mero vencimiento del plazo de su designación.

En caso de ausencia o impedimento transitorio será subrogado por el defensor regional que él designe o el que corresponda según la reglamentación que se dicte al efecto. En caso de ausencia o impedimento definitivo, será reemplazado por el defensor regional con sede en la Capital de la Provincia, debiéndose poner en marcha en forma inmediata el mecanismo de designación de un nuevo Defensor General.

Tendrá una remuneración equivalente a la del Procurador General.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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