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Reglamenta el Ejercicio de la Profesión de Abogados y Procuradores Artículo 16 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Reglamenta el Ejercicio de la Profesión de Abogados y Procuradores Chaco
Artículo 16.

En los casos de fallecimiento del cónyuge o padres o hijos o hermanos de un profesional abogado o procurador, los términos procesales se suspenderán por cinco (5) días hábiles, a partir de la fecha del deceso, debiendo el interesado presentar ante el Tribunal las constancias respectivas dentro de los cinco (5) días de ocurrido el hecho.

En los casos de grave incapacidad del profesional, su cónyuge, padres o hijos o hermanos, los términos procesales se suspenderán por cinco (5) días; el interesado deberá presentar ante el Tribunal las constancias respectivas, circunstancia que será notificada a las demás partes del proceso mediante cédula por parte del Tribunal.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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