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Registro General Artículo 36 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Registro General Córdoba
Artículo 36.

El pedido de certificaciones, informes o copias expresará como mínimo:

a) Nombres, apellido y domicilio del peticionante y matrícula profesional, cuando corresponda.

b) Interés legítimo de la solicitud; causa judicial o expediente administrativo para la cual se requiere, con los antecedentes de la individualización y radicación.

c) Nombres y apellido del titular registral y de los intervinientes, número de documento de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio y estado civil; siendo casado o viudo en qué nupcias y nombres y apellido del cónyuge. Si alguna de las partes actúa por intermedio de mandatario o representante, la anotación respectiva del mandato o representación.

d) Determinación del inmueble y referencia a plano previamente inscripto, si corresponde.

e) Inscripción o matrícula en la que conste lo registrado.

f) Por inhibiciones, se consignarán obligatoriamente los mismos antecedentes que se requieren para su toma de razón.

Provincia de Córdoba Artículo 36 Registro General
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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