Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina Nacional
Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina Nacional
- Artículo 1. Institúyese un régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la...
- Artículo 2. Las acciones relacionadas con la actividad caprina comprendidas en el...
- Artículo 3. La actividad caprina deberá llevarse a cabo mediante el uso de prácticas...
- Artículo 4. Serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas y las sucesiones...
- Artículo 5. A los efectos de acogerse al presente régimen, los beneficiarios deberán...
- Artículo 6. El presente régimen dará un tratamiento diferencial en los beneficios...
- Artículo 7. La autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de...
- Artículo 8. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos designará por...
- Artículo 9. Créase en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y...
- Artículo 10. La CAT tendrá funciones consultivas para la autoridad de aplicación y...
- Artículo 11. La CAT estará presidida por el Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y...
- Artículo 12. Todos los miembros de la CAT tendrán derecho a voto. El Secretario de...
- Artículo 13. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, dictará el...
- Artículo 14. La autoridad de aplicación convocará al menos una vez por año al Foro...
- Artículo 15. Los gastos que demande el cumplimiento del régimen durante el ejercicio...
- Artículo 16. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, y sobre la base del...
- Artículo 17. Los titulares de planes de trabajo y proyectos de inversión podrán recibir...
- Artículo 18. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, podrá destinar...
- Artículo 19. La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT podrá destinar...
- Artículo 20. El presente régimen será de aplicación en las provincias que adhieran...
- Artículo 21. Toda infracción a la presente ley y a las reglamentaciones que en su...
- Artículo 22. La presente ley será reglamentada dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de...
- Artículo 23. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
Otras regulaciones
Creación de la fiscalía en lo criminal y correccional federal nº 2, con asiento en la ciudad de san isidro, provincia de buenos aires, para actuar juntamente con la ya existente ante los juzgados federales de primera instancia en lo criminal y correccional con sede en aquella ciudad Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Declaración de Bien de Interés Histórico Nacional a los Ferrobarco Ezequiel Ramos MejíaDeclaración de Bien de Interés Histórico Nacional a los Ferrobarco Ezequiel Ramos Mejía Declárase en emergencia el abastecimiento de gas oil en todo el territorio nacional. Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del Gas Natural. Exenciones. Vigencia Creación de la Comisión Bicameral Investigadora de Instrumentos Bancarios y FinancierosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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