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Régimen jurídico de la seguridad eléctrica Artículo 9 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Régimen jurídico de la seguridad eléctrica Catamarca
Artículo 9.

Respecto a la red de baja y media tensión deberán observarse las siguientes pautas:

- Todas las distribuidoras, para sus instalaciones, deberán regirse por la correspondiente reglamentación vigente de la AEA;

- Los proyectos de obras para las distribuidoras, por licitación pública, deben presentarse con un certificado de cumplimiento de las reglamentaciones de la AEA;

- El cumplimiento de las reglamentaciones de la AEA, en las obras realizadas por las distribuidoras con personal propio, estará garantizado por la misma distribuidora, quedando sujetas a inspección para su verificación en momento de determinar por parte de EC- SAPEM.



Provincia de Catamarca Artículo 9 Régimen jurídico de la seguridad eléctrica
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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