Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 (Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictad) Provincia de Salta
Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 Provincia de Salta
- Artículo 1. Créase el régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que...
- Artículo 2. Dentro del régimen excepcional establecido en el artículo precedente,...
- Artículo 3. El Jefe de Policía de la Provincia tendrá competencia para resolver sobre la...
- Artículo 4. El importe de la multa será destinado a la atención de la emergencia...
- Artículo 5. Cuando sus previsiones no se opongan al presente, será de aplicación...
- Artículo 6. Remítase a la Legislatura en el plazo de cinco (5) días, a los efectos...
- Artículo 7. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Otras regulaciones
Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado Obligación de Instalación de lavamanos y dispensadores de alcohol en gel o gel antibacterial para la prevención de enfermedades Obligaciones y Procedimientos para Permisionarios y Concesionarios de Áreas Hidrocarburíberas y Productores Mineros Creación del consejo provincial de discapacidad Protección contra la Violencia de GéneroMejores juristas
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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