Imprimir

Regimen del personal que integra el equipo de la salud humana Artículo 146 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regimen del personal que integra el equipo de la salud humana Córdoba
Artículo 146.

En el Nivel de Conducción, el agente será encasillado provisoriamente en el cargo de conducción ocupado por él al tiempo de la realización de dicho encasillamiento.

Si hubiera accedido a dicho cargo con carácter permanente por concurso, según lo establecido por el régimen estatutario y escalafonario correspondiente, tendrá derecho al encasillamiento definitivo en el mismo o su equivalente hasta tanto acceda por concurso a otro cargo de tramo superior, caso en el que la designación se hará conforme a lo previsto en el Artículo 27) de la presente Ley.

El agente que hubiera accedido a dicho cargo en forma interina, permanecerá encasillado provisoriamente en el cargo de conducción hasta que éste sea cubierto por concurso debiendo, en el caso de no resultar ganador, incorporarse al Nivel Operativo.



Provincia de Córdoba Artículo 146 Regimen del personal que integra el equipo de la salud humana
Artículo 1 ...144 145 146 147 148 ...151

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse