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Regimen del personal que integra el equipo de la salud humana Artículo 144 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regimen del personal que integra el equipo de la salud humana Córdoba
Artículo 144.

Dentro de los noventa (90) días de la publicación del Decreto Reglamentario de la presente Ley, el Poder Ejecutivo, mediante un acto único de disposición, realizará conforme a las equivalencias que fije el Decreto Reglamentario el encasillamiento provisorio de los agentes que por ese mismo acto, quedarán incorporados al Régimen del Personal que integra el Equipo de Salud Humana en cuanto corresponda.

Este encasillamiento provisorio se efectuará en el Nivel, grupo ocupacional, categoría y tramo según corresponda, conforme a lo previsto en los Artículos 20), 21), 22) y concordantes de la presente Ley, teniendo en cuenta únicamente la retribución percibida por el agente al tiempo de realizarse el mismo.

A tal fin deberá efectuarse la adecuación de la planta del personal de la Secretaría Ministerio de Salud comprendido en la presente Ley.

A los fines de este Artículo, entrarán en vigencia a la fecha de publicación del Decreto Reglamentario, los Artículos de la Ley citados precedentemente.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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