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Régimen de retiro anticipado para el personal del estado provincial Artículo 5 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen de retiro anticipado para el personal del estado provincial Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 5.

El agente desvinculado por acogimiento a este Régimen, no podrá ser designado en cargo alguno de la planta permanente, gabinete o transitoria, ni tampoco contratado personalmente, sea bajo el régimen de empleo público o locación de servicios, para cumplir funciones en cualquiera de los tres Poderes del Estado provincial, municipal o nacional ni en aquellas empresas o sociedades en que cualquiera de ellos tuviera algún tipo de participación, ni en la Fiscalía de Estado y/o el Tribunal de Cuentas de la Provincia, hasta después de cumplidos cinco (5) años a contar desde el momento en que perciba la última cuota del beneficio.

La violación a lo dispuesto en el párrafo precedente implicará la caducidad automática del beneficio creado por la presente ley y el deber del infractor de restituir la totalidad de las sumas de dinero que hubiera percibido como consecuencia de haberse acogido al presente régimen.

Créese el Registro Único de Beneficiarios del Régimen de Retiro Voluntario. El registro creado por la presente funcionará en el ámbito del Poder Ejecutivo y concentrará la totalidad de la información relativa a la implementación y ejecución del Régimen de Retiro Voluntario. Será de consulta obligatoria previa a la celebración de concursos y/o a la incorporación de personal, bajo cualquier régimen, en cualquiera de los tres Poderes del Estado provincial, Fiscalía de Estado o Tribunal de Cuentas de la Provincia.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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