Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Artículo 30 Provincia de Salta
Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Salta
Artículo 30.
Las funciones del Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia serán las siguientes:a) Participar, en coordinación con la Autoridad de Aplicación, en la elaboración del Plan Provincial de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
b) Proponer reformas legislativas e institucionales destinadas al mejoramiento de los estándares de protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
c) Asistir y asesorar a la Autoridad de Aplicación en temáticas vinculadas a la infancia, adolescencia y familia.
d) Fomentar espacios de participación activa de los organismos de la sociedad civil de la Provincia, reconocidas por su especialidad e idoneidad en la materia, favoreciendo su conformación en redes comunitarias.
e) Dictar su Reglamento Interno.
f) Realizar el monitoreo y evaluación de las políticas públicas de niñez y adolescencia.
g) Elaborar y publicar un informe anual de las actividades desarrolladas por ei organismo, el que será publicado en el Boletín Oficial.
h) Promover el desarrollo de investigaciones en materia de niñez, adolescencia y familia.
Provincia de Salta Artículo 30 Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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